Servicios de Farmacovigilancia

Debido al momento tan importante en el que se encuentra esta materia, INFOCIENCIA presenta sus SERVICIOS DE FARMACOVIGILANCIA, con la voluntad de ofrecer una gestión externa integral. Para ello le ofrecemos la posibilidad de contratar (entre otros) los siguientes servicios:

Externalice la farmacovigilancia completamente, o bien contrate la realización de uno solo de nuestros servicios. Nos adaptamos a las necesidades de cada cliente.

Para más información contacte con nosotros en masinformacion@infociencia.com

Información que debe conocer sobre farmacovigilancia

Transmisión electrónica de las Sospechas de Reacciones Adversas

Hace solamente 10 años los sistemas de farmacovigilancia en la industria eran prácticamente inexistentes. El 20 de noviembre de 2005 es la fecha límite que impuso la AEMyPS para empezar a notificar las sospechas de reacciones adversas electrónicamente.

En este breve espacio de tiempo, la importancia y la complejidad de la farmacovigilancia han aumentado espectacularmente. Las compañías farmacéuticas se deberán adaptar, tal y como lo han hecho a otros grandes cambios en la industria.
Los TAC deberán acceder al sistema de intercambio electrónico para hacer las notificaciones mediante unos estándares acordados internacionalmente (MedDRA, XML, CycloneR..). Aquellos laboratorios con un número reducido de notificaciones, podrán acceder a través de un portal más sencillo (carga online).
Todo este procedimiento será descrito en una próxima circular de la AEM.

Implementación de MedDRA en la compañía

Es el diccionario médico a utilizar en las notificaciones expeditivas. Deberá clasificar cierta información contenida en una notificación mediante este diccionario. En un futuro, también será necesaria su utilización en cualquier otra transmisión que se realice con las agencias reguladoras.

Cambio en la periodicidad de los Informes Periódicos de Seguridad

La directiva 2004/27/CE con fecha 31 de Marzo de 2004 indica que la periodicidad en los IPS de los productos con más de 5 años en el mercado pasará a ser de 3 años. Actualmente el plazo es de 5 años.

Presión Social hacia los laboratorios farmacéuticos

Los últimos escándalos en seguridad de los medicamentos (Inhibidores de la COX-2, cerivastatina...) están haciendo aumentar la presión social hacia los gobiernos y agencias reguladoras. Organizaciones profesionales y asociaciones de pacientes están entrando a formar parte de los órganos superiores de control de la Agencia Europea del Medicamento (EMEA)

Y en poco tiempo...

El envío de IPS se hará electrónicamente (ya se están haciendo las primeras pruebas en Europa)
Las notificaciones que se realicen dentro de los ensayos clínicos también seguirán este proceso

Obligaciones y responsabilidades

Obligaciones del Titular de la Autorización de Comercialización (TAC)

A grandes rasgos, las obligaciones del Titular en materia de farmacovigilancia según la legislación española son las siguientes:

Responsabilidades

La Responsabilidad legal del cumplimiento de las obligaciones de farmacovigilancia recae siempre en el TAC. Posibles sanciones:

Inspecciones

Tanto la legislación europea, como la española obligan a llevar a cabo las inspecciones reglamentarias a los Titulares de la Autorización de Comercialización (TAC) en materia de farmacovigilancia, “enfocadas a aquellos sospechosos de no ser cumplidores con la legislación”.
Las inspecciones serán llevadas a cabo por el órgano competente de la correspondiente CC.AA.

Para más información contacte con nosotros en masinformacion@infociencia.com